Distribuidoras llaman a acceder a beneficios de ley de servicios básicos

COMUNICADO DE PRENSA

Distribuidoras eléctricas hacen llamado a que clientes se registren para acceder a beneficios de ley de servicios básicos.

  • La ley permite convenir el pago de su deuda eléctrica en hasta 36 cuotas mensuales, sin intereses, multas, ni gastos asociados.

07 de abril de 2021.- Un importante llamado a que las personas puedan acceder a los beneficios de la Ley de Servicios Básicos es el que hizo Empresas Eléctricas A.G., el gremio que reúne a las principales empresas distribuidoras eléctricas del país: CGE, Chilquinta, Enel Distribución y Grupo Saesa, las que en conjunto representan a casi el 90% de los clientes del país.

El próximo 5 de mayo termina la vigencia de la Ley N° 21.249 y sus extensiones, más conocida como Ley de Servicios Básicos. Dicha ley establece que las empresas de servicios básicos, entre ellas las distribuidoras eléctricas, no podrán cortar el suministro de electricidad por no pago a sus clientes, junto con entregar facilidades para regularizar esas deudas.

En efecto, los clientes pueden convenir el pago de su deuda en hasta 36 cuotas mensuales, sin intereses, multas, ni gastos asociados, evitando de este modo la interrupción de suministro, en caso que se encuentre impago.

El Director Ejecutivo de Empresas Eléctricas, Rodrigo Castillo, señaló que “como industria sabemos que nuestros clientes están pasando dificultades económicas producto de la pandemia, por lo que estamos comprometidos en lograr que todos quienes cumplan con los requisitos que establece esta ley puedan acceder a sus beneficios”.

Castillo agregó que, “en este sentido, nuestro llamado es a que se contacten con su empresa distribuidora, a través de sus sitios web o de sus canales de atención telefónica para registrarse”.

Según lo que establece la ley, para acceder a estos beneficios es requisito encontrarse en alguna de las siguientes situaciones:

  • Pertenecer al 60% más vulnerable de la población, según el Registro Social de Hogares
  • Ser adultos mayores
  • Ser trabajadora o trabajador acogido a la Ley de Protección del Empleo
  • Encontrarse entre quienes estén recibiendo el Seguro de Cesantía
  • Ser trabajadora o trabajador independiente o informal, afectado por una disminución significativa de ingresos, lo que debe ser acreditado mediante una declaración jurada simple.

Este beneficio podrá ser solicitado por los clientes hasta 30 días después del término de la vigencia de ley, vale decir hasta el 5 de junio de 2021.

Para más información sobre los beneficios de la ley y cómo inscribirse en las empresas distribuidoras, las personas pueden acceder al sitio web de la Superintendencia de Electricidad y Combustibles (SEC) https://www.sec.cl/beneficio-covid-2021/ o a través de https://www.electricas.cl/ley-servicios-basicos/

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Prensa

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